El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, decretó este 19 de agosto la emergencia económica para enfrentar las consecuencias del terremoto del pasado 10 de agosto y acelerar la atención de las regiones afectadas. La decisión busca, durante 30 días, disponer de herramientas extraordinarias para responder a la magnitud de la tragedia y avanzar en la reconstrucción de viviendas, comercios e infraestructura pública esencial.
La declaratoria permitirá al Gobierno expedir decretos con fuerza de ley para adoptar medidas de carácter económico y social que permitan atender la emergencia con mayor rapidez. El Ejecutivo argumentó que la situación fiscal del país dificulta afrontar una tragedia de esta magnitud únicamente mediante los mecanismos ordinarios del Estado, por lo que se requiere acudir a instrumentos excepcionales. La medida deberá someterse al control de la Corte Constitucional.
El Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026 sustenta la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y de grave calamidad pública en parte del territorio nacional, a partir de la magnitud de los daños ocasionados por el terremoto. El Gobierno toma como referencia el Reporte Situacional No. 36 de la Sala de Crisis de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), con corte preliminar a las 12:30 del 19 de agosto, que evidencia una emergencia de alcance nacional y con impactos especialmente fuertes en varias regiones.
Según las cifras citadas en el decreto, 15 departamentos y 471 municipios registraban afectaciones directas. El balance preliminar reportaba 314 personas fallecidas, 4.437 heridas y 262 desaparecidas, además de 147.464 familias y 262.154 personas damnificadas. En materia de vivienda, se contabilizaban 30.664 viviendas destruidas y 136.946 averiadas, cifras que reflejan la dimensión de las necesidades de alojamiento, reparación y reconstrucción que deberá afrontar el Estado.
La emergencia también produjo graves daños en infraestructura. El documento registra 302 edificios colapsados y 5.809 edificaciones afectadas, entre ellas 3.470 establecimientos educativos, centros comunitarios y centros de salud. A esto se suman afectaciones en 13 puentes peatonales, 58 puentes vehiculares, 449 vías, 105 acueductos, cinco aeropuertos y 18 entidades bancarias, lo que compromete servicios esenciales, movilidad, educación, atención en salud y actividad económica en las zonas afectadas.
El decreto advierte que estas cifras son preliminares y pueden aumentar de manera significativa a medida que avancen las inspecciones técnicas y la evaluación de los daños. Con este panorama, la declaratoria de emergencia busca permitir al Gobierno adoptar medidas extraordinarias para atender las necesidades de las comunidades damnificadas y enfrentar los efectos económicos, sociales y de infraestructura derivados de la tragedia. La magnitud de los daños registrados por la UNGRD constituye, así, uno de los principales fundamentos para poner en marcha una respuesta nacional orientada no solo a la atención inmediata, sino también a la recuperación y reconstrucción de los territorios afectados.
Entre las acciones anunciadas se encuentran apoyos para las familias damnificadas, subsidios de arrendamiento, alivios tributarios y financieros, respaldo a los comerciantes afectados y recursos para la recuperación de servicios e infraestructura. El Gobierno también ha planteado la creación del Fondo Milagro, destinado a canalizar recursos nacionales e internacionales hacia las zonas afectadas y facilitar la reconstrucción.
La emergencia económica marca así una nueva etapa en la respuesta nacional al terremoto: pasar de la atención inmediata de las víctimas a un proceso de reconstrucción y reactivación económica. El presidente ha señalado que el objetivo no será únicamente recuperar las viviendas destruidas o afectadas, sino también reconstruir escuelas, hospitales, obras públicas y establecimientos comerciales, con la prioridad de que los recursos lleguen a las comunidades más golpeadas.




