El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del acto administrativo que fijó el incremento del salario mínimo para 2026, al considerar que debe revisarse el cumplimiento de los parámetros técnicos y legales exigidos por la normativa vigente. La decisión, adoptada como medida cautelar por el magistrado ponente que estudia la demanda, deja en pausa los efectos jurídicos del ajuste mientras se resuelve de fondo el proceso.
Con esta determinación, el Gobierno nacional deberá expedir en un plazo máximo de ocho días un nuevo decreto de carácter transitorio que atienda de manera estricta los criterios constitucionales y técnicos establecidos para la fijación del salario mínimo.
El incremento había sido anunciado el pasado 29 de diciembre de 2025 por el presidente Gustavo Petro como un aumento histórico. Para 2026, el salario quedó establecido en $1.750.905, más un subsidio de transporte cercano a $250.000, lo que eleva el ingreso total a $2 millones.
Sin embargo, el alto tribunal administrativo advirtió que la definición del salario mínimo debe sustentarse en variables objetivas como la inflación, la productividad y el comportamiento general de la economía, además de surgir de un proceso de concertación entre el Gobierno, los empresarios y los trabajadores. Según la decisión judicial, el ajuste no puede responder únicamente a una determinación de carácter político.
Mientras el Ejecutivo emite el nuevo decreto conforme a los lineamientos señalados, el proceso continuará su trámite en el Consejo de Estado, que en una etapa posterior deberá pronunciarse de fondo sobre la legalidad del incremento.
Acá la determinación del Consejo de Estado




