La Sala Plena determinó que el memorando de entendimiento firmado entre ambos países no puede producir efectos jurídicos en Colombia hasta que sea tramitado como un tratado internacional y supere el control constitucional.
La Corte Constitucional ordenó remitir al presidente de la República el denominado “Memorándum de Entendimiento entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia sobre la creación de la Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional (Zona Económica Especial Binacional)”, suscrito en Caracas el 17 de julio de 2025, para que cumpla el procedimiento previsto por la Constitución para los tratados internacionales.
Con esta decisión, la Sala Plena dejó claro que el memorando deberá ser presentado al Congreso de la República para su aprobación y, posteriormente, regresar a la Corte Constitucional para el control automático de constitucionalidad, tal como lo establecen los artículos 150, numeral 16, y 241, numeral 10, de la Constitución Política.
Mientras ese procedimiento no se cumpla, el alto tribunal determinó que el acuerdo no podrá surtir efectos dentro del ordenamiento jurídico colombiano, por lo que cualquier desarrollo o implementación de la denominada Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional deberá esperar el cumplimiento de todos los requisitos constitucionales.
La decisión fue adoptada con una votación de siete magistrados a favor y dos en contra. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Juan Carlos Cortés González salvaron su voto, mientras que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar presentó una aclaración de voto.
El pronunciamiento representa un importante precedente sobre la forma en que deben incorporarse al ordenamiento colombiano los acuerdos internacionales, al reiterar que los instrumentos suscritos por el Gobierno Nacional con otros Estados no pueden producir efectos internos sin haber agotado el trámite constitucional correspondiente.
La Corte precisó que esta decisión corresponde a la parte resolutiva del Auto 969 de 2026 y que los fundamentos jurídicos serán dados a conocer posteriormente mediante el comunicado oficial y la publicación íntegra de la providencia.





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